Obtener un título náutico es más fácil de lo que piensas. Los requisitos no son grandes, más allá de la edad, aprobar un examen oficial, salvo en la licencia de navegación, y realizar las prácticas náuticas correspondientes. Vamos a ver en este artículo, los requisitos para obtener una licencia PNB o título de Patrón de Navegación Básica, y sus atribuciones a la hora de navegar.

 

Requisitos para obtener la licencia PNB

 

Estos son los requisitos para poder conseguir un título PNB o título de Patrón de Navegación Básica:

  • Ser mayor de edad, es decir, tener cumplidos los 18 años, o bien, tener al menos 16 años y un consentimiento paterno o de un tutor.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente, realizado de forma oficial por la Dirección General de la Marina Mercante.
  • Completar las prácticas de navegación y motor o navegación y seguridad. Estas prácticas tienen una duración de 8 horas y se realizan a bordo de una embarcación. Pueden realizarse en aguas interiores, por lo que puedes hacerlas en Madrid, en el Pantano de San Juan.
  • Realizar las prácticas de radio o prácticas de radioperador reglamentarias. La duración de estas prácticas no puede ser inferior a las 2 horas. Además, deben ser realizadas en tierra y en un simulador homologado de una escuela náutica. En este artículo, puedes conocer las ventajas de nuestras prácticas de radio. Contamos con un aula especial que te permite una experiencia totalmente envolvente para vivir una experiencia muy similar a la de estar en una embarcación real.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014. Algo similar al informe psicotécnico que realizamos para el carnet de conducir.

 

Atribuciones del Patrón de Navegación Básica

 

Las atribuciones básicas o principales de la licencia PNB son las siguientes:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora,
  • Distancia máxima de navegación en cualquier dirección de 5 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Además, existe una atribución complementaria, que puedes obtener realizando unas prácticas específicas, las prácticas de vela. Realizar las mismas, te la facultad de gobernar embarcaciones de recreo a vela, con las mismas restricciones que las de motor, hasta 8 metros de eslora y no alejándote más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.

Si quieres más información sobre este u otro título náutico, puedes llamarnos al 91 448 50 40 o enviarnos un email a elcano@cenelcano.com.

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